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La Dirección General de Aviación Civil publicó nuevos protocolos para el transporte y uso de baterías portátiles (power banks) para vuelos en Equador.
En un esfuerzo por fortalecer los estándares de seguridad en el transporte aéreo nacional e internacional, a Direção Geral de Aviação Civil (DGAC) ha anunciado la entrada en vigencia de las nuevas Disposiciones relativas a mercancías peligrosas transportadas por pasajeros y tripulación. Estas medidas, operativas desde el 27 março 2026, ponen un foco especial en la gestión de dispositivos de almacenamiento de energía y baterías de litio.
La actualización responde a la necesidad técnica de mitigar riesgos asociados al sobrecalentamiento e incendios en cabina, garantizando la integridad de las operaciones de vuelo.
Regulaciones para el transporte de «Power Banks» en Ecuador
Los bancos de energía o baterías portátiles, definidos como dispositivos diseñados para recargar equipos electrónicos de consumo, están sujetos a restricciones estrictas bajo la nueva normativa para dispositivos de hasta 100 Wh:
Exclusividad en cabina:
- deben transportarse como equipaje de mano;
- no deben recargarse mientras estén a bordo de la aeronave;
- no deberían usarse para recargar un aparato electrónico portátil mientras estén a bordo de la aeronave;
- no pueden llevarse más de dos bancos de energía por persona; y deben ir individualmente protegidos para evitar cortocircuitos cuando no se estén utilizando (colocándolos en su embalaje original de venta al detalle o aislando de otro modo los bornes; por exemplo, cubriendo con cinta adhesiva
- los bornes expuestos o colocando cada banco de energía en una bolsa plástica o funda protectora);
Protocolo para baterías de alta capacidad
Para aquellos equipos o baterías cuya capacidad nominal sea superior a 100 Wh pero no exceda los 160 Wh, la normativa establece un protocolo adicional, ya que el pasajero deberá presentarse en el área de Check-in y solicitar de manera obligatoria la aprobación previa del explotador u operador aéreo antes del embarque.




