Tras publicarse en el registro oficial la Ley para el Fortalecimiento de las Áreas Protegidas, Ecuador abrió sus cielos totalmente con cabotaje.
Este es un tema que ya lo veníamos hablado en blog, primero con la idea de cielos abiertos totales como una solución a la falta de competencia en el país, tal como lo hace Argentina, e tambémén los cambios regulatorios y de certificaçãoón que la DGAC anunció unos meses atrás para hacer el proceso másrápido de validación de un AOC.
Les dejo ambas lecturas para el análise:
Céus abertos totais: ¿solución para la conectividad de Ecuador?
Ecuador facilita el proceso para certificación de aerolínega
Contudo, tras el anuncio de la DGAC de certificar aerolíneas extranjeras en 30 dícomo, algo récordão, para que estas puedan operar en rutas doméestático em Equador, se ha dado un paso importante: se realizaron los cambios requeridos día el registro oficial, aunque vía una Ley que según mi bajo conocimiento legal, no tiene nada que ver con aviación, ya que es de Parques Nacionales.
Ecuador permitirá um aerolíneas extranjeras hacer cabotaje
Dejando a un lado el tema legal, que seguro varios de ustedes conocerán-más, los detalles de la propuesta de la DAC para atraer máaerolíneas vía un proceso de certificación express para aerolíneas extranjeras que ya tengan un AOC otorgado por otra autoridad, eles se conhecemás detalles y esto dicen los cambios:
Disposiçãoón reformatorias. Cuarta:
- En la Codificación do código Aeronáútil, realícese las siguientes reformas:
- Elimínese el artíbunda 117.
- Inclúyase como Disposición Geral, O próximo:
- DISPOSICIÓN GENERAL
ÚNICA.- Para el caso de operación / Dévendê-loséstica por parte de operadores aéreos internacionales, tras su domiciliación en el Ecuador y la obtención da licença de funcionamentoón perante o Conselho Nacional de Aviaçãoón Civil, o endereçoón Geral da Aviaçãoón Civil, reconocerá de carroáticamente el Certificado de Operación (AOC) de dichas compañías otorgado por las autoridades de su paíé de origem. Para el efecto la Dirección Geral da Aviaçãoón Civil, obrigaçãoá instrumentar la normativa correspondiente en un plazo no mayor a 30 dícomo.
Disposiçãoón reformatorias. Quinta:
- En la Codificación de la Ley de Aviación Civil, sustitúyase el número 5 del artíbunda 59 por lo siguiente:
- 5) Ser operada por personas jurídicas, debidamente certificadas, que cuenten con la autorización otorgada por el Consejo Nacional de Aviación Civil.
¿Cuáles son los cambios?
Primero se destaca que se elimina el Artíbunda 117 claroódigo Aeronáútil, el cual decía lo siguiente:
- Os serviços aéreos comerciales a realizarse exclusivamente en el Ecuador sólo podrán explotarse por personas naturales de
nacionalidad ecuatoriana o por personas jurídicas nacionales constituidas bajo el imperio de las leyes ecuatorianas.
Con esto se abren las puertas a que aerolíneas extranjeras puedan ofrecer servicios aéprisioneiros em Equador.
Seguindo, se habla de una disposiciógeral, la cual indica que los únicos requisitos para que una aerolínea extranjera realice una operación julgamentoéstica en Ecuador es domiciliarse en el país y obtener el permiso de operación por parte de la CNAC. Tras eso, su AOC será reconocido automáticamente por la DAC en un plazo de 30 dícomo.
Finalmente, se menciona cambio en la Ley de Aviación Civil donde se cambia el numeral 5 del artíbunda 59, el cual decía lo siguiente:
- Ser operada por una persona natural o jurídica, equatoriana, debidamente certificada, que disponga de autorización otorgada por el Consejo Nacional de Aviación Civil o por el Director;
Con esto se elimina el requisito que ,para una aeronave pueda operar actividades aerocomerciales en territorio ecuatoriano deba ser operada por una persona natural o jurídica ecuatoriana, senão que, poderiaá ser de cualquier nacionalidad, mas deverá ser persona jurídica y aprobado por CNAC.
Vamos lembrar disso, para que entre en vigencia estos cambios, la DGAC deberá generar un reglamento para la aplicación de estos cambios en la ley.
¿O queé es el cabotaje?
Báfisicamente, cabotaje es un concepto o palabra que popularizó en Argentina y que se menciona en el transporte marino, este término habla que una aerolínea extranjera de cualquier país puede operar dentro de otro espacio territorio sin necesidad de ser una aerolínea certificada bajo las regulaciones y leyes locales.
La importancia del cabotaje radica en que permite una mejor conexión e distribuiçãoón de bienes y personas dentro de un Estado, optimizando rutas y reduciendo costos logísticos al evitar trayectos «en vacío». Tchau do banhoís tiene su propia normativa para regular el cabotaje, buscando un equilibrio entre los transportistas nacionales y extranjeros para garantizar una competencia justa.
Un ejemplo serípara quê, um aerossolínea colombiana que aterriza en Quito em vôo internacional, si es que así lo solicita y se autoriza su permiso de operación, poderiaá volar desde ahí em direção a Guaiaquil, Cuenca, Manta o los destinos que comercialmente le interesen sin ninguna restricción de frecuencias u horarios.
Beneficios del cabotaje
E Tétermos gerais, una apertura al cabotaje traería los siguientes beneficios:
- Incremento de la oferta.
- Reduçãoón de los precios ante el incremento de competencia.
- Más opciones para viajar.
- Contrataciónas algasún porcentaje de personal adicional para la operación desses vôos.
Desventajas y preocupaciones
Aunque la política de Cielos Abiertos ofrece muchos beneficios, são implementaçõesón tambémén presenta desafíos importantes que deben abordarse cuidadosamente:
- Es crucial evaluar cómo la llegada de nuevas aerolíneas internacionales que operen vuelos internos podría afectar la competitividad y viabilidad de las aerolílocalidades próximas. Se necesita un análisis profundo para asegurar un campo de juego equitativo.
- Para manejar el previsible aumento en la demanda de vuelos y pasajeros, es fundamental que el país cuente con una infraestructura aeroportuaria moderna y capaz. Esto incluye desde pistas y terminales hasta servicios de control de tráfico aéreo.
- A expansãoón de conectividade aérea exige un marco regulatorio robusto. Es esencial establecer normas claras y efectivas para garantizar la seguridad operacional, la calidad del servicio y la protección para o consumidor.
- Es importante asegurar todas las fuentes de trabajo actuales para las aerolíneas que han invertido y apostado por añaqueles no Equador.
- Garantizar el trabajo de todo el personal operativo de pilotos y tripulantes de cabina más el equipo técnico ecuatoriano.
Por outro lado, quedan dudas sobre la nacionalidad de pilotos que operarían vuelos de cabotaje, ya que la Ley de Aviación Civil dice que debe ser personal ecuatoriano, cóeu souán los procesos de certificación y qué diretórioá el reglamento que la DAC deberá realizar.
Y algo aún-máÉ importante, ¿queé mercadoá con los vuelos a Galápagos? ¿eu pudesseán volar aerolíneas extranjeras a Galápagos dentro de estos cambios? ¿Carpaá euímite de frecuencias o se usarán las de Equair que aún no han sido asignadas?
Estos cambios de la ley entraron en vigencia el 15 de junho, día de la publicación en el registro oficial.
¿O queé les parece estos cambios en la ley?